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CNDH emite recomendación a la COMAR por agravio a refugiados

CNDH emite recomendación a la COMAR por agravio a refugiados

Ciudad de México 02 Julio (MENSAJE POLÍTICO/CÍRCULO DIGITAL).- La violación a los Derechos Humanos de 112 extranjeros que solicitaron el reconocimiento como refugiados durante 2017 y 2018, detono que la Comisión

  • Publishedjulio 2, 2019

Ciudad de México 02 Julio (MENSAJE POLÍTICO/CÍRCULO DIGITAL).- La violación a los Derechos Humanos de 112 extranjeros que solicitaron el reconocimiento como refugiados durante 2017 y 2018, detono que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitiera la Recomendación 38/2019 al Coordinador General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), Andrés Alfonso Ramírez Silva.

La CNDH acreditó que, durante el periodo referido, la COMAR, transgredió el derecho a la seguridad jurídica y legalidad, al no cumplir a cabalidad con lo establecido en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.

Además se evidenció dilación entre la presentación de la solicitud de las personas y la determinación sobre su admisión, al tardar entre uno y ocho meses para determinar si era admitida o no la petición.

“Tiempo durante el cual las personas permanecieron sin documento alguno que acreditara su condición de solicitante de refugio; en varios casos la autoridad dilató entre seis y nueve meses para dictar un acuerdo de prevención para que los solicitantes indicaran el motivo por el cual no presentaron su petición dentro de los 30 días hábiles siguientes a su ingreso a nuestro país”.

También acreditó que a pesar de que los solicitantes dieron respuesta en tiempo y forma a la prevención que les hizo la COMAR, ésta no resolvió si admitía o no su solicitud.

La COMAR solo expidió a las víctimas una constancia de trámite, la cual de acuerdo con lo establecido en el artículo 38, segundo párrafo del Reglamento de Refugiados, tiene vigencia de 45 días hábiles, sin que la autoridad se las renovara dejando a esas personas en indefensión.

“Ya que desde hace más de un año no cuentan con documento que respalde su condición de solicitante de refugio, así también se advirtió que un servidor público emitió una constancia de trámite con vigencia de 34 días hábiles sin fundamento legal”.

Además, evidenció violación al principio del interés superior de la niñez, ya que entre los solicitantes había niñas, niños y adolescentes que viajaban con sus padres, a quienes no se les otorgó asistencia institucional, ni se priorizó sus procedimientos.

La CNDH informó que también envió copia de esta recomendación al Comisionado del Instituto Nacional de Migración y a la Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con el fin de que tomen las medidas correspondientes en la atención de los solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiado, en vinculación con lo expuesto en el capítulo de observaciones de la recomendación.