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Errores en la declaración anual que podrían ocasionar que se pague saldo al SAT por De la Paz, Costemalle DFK

Errores en la declaración anual que podrían ocasionar que se pague saldo al SAT por De la Paz, Costemalle DFK

/COMUNICAE/ Abril es el mes en que las personas físicas que cumplan con los requisitos deberán presentar su correspondiente declaración del ejercicio fiscal del 2021. Uno de los errores más

  • Publishedabril 19, 2022
/COMUNICAE/

Abril es el mes en que las personas físicas que cumplan con los requisitos deberán presentar su correspondiente declaración del ejercicio fiscal del 2021. Uno de los errores más comunes es, cuando las y los contribuyentes registran más gastos que ingresos en el año fiscal

El mes de abril es el mes en que las personas físicas deben cumplir con su obligación ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), presentando su Declaración Anual.

En muchas ocasiones, el trámite supone un desafío para muchos contribuyentes, ya que es tanta la información del compendio de un año que, en muchas ocasiones se suelen cometer algunos errores, mismos que terminan en saldo en contra que habrá que pagar.

Los especialistas comparten que los errores más comunes al realizar la declaración anual son:

1.- Omitir ingresos y/o sumar gastos, esto es cuando no se declara todo el ingreso que se percibe, esto puede costarle al contribuyente mil 560, a 38 mil 700. Además, si al ser notificado, decides no aclarar el asunto ante el SAT, podría ser acreedor de una condena e ir a prisión. Se contemplan penas de tres meses a cinco años.

2.- Cuidado con la información que integra la declaración “prellenada”. Al ingresar al SAT, la página presenta un borrador de la declaración de manera automática. Los especialistas en De la Paz, Costemalle – DFK advierten que ese formato “prellenado” se incluye información desglosada de los impuestos, que al hacer el total podría resultar en un saldo a favor, o en contra.

No obstante, en muchas ocasiones ese formato prellenado podría contener información errónea que perjudica directamente a los contribuyentes, pues varias veces estos datos no incluyen sus deducciones.

3.- No deducir impuestos en salud. El SAT permite que se deduzcan los Gastos derivados del sector salud; (honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de salud, nutrición y psicología. Los contribuyentes también pueden deducir gastos generados por medicinas, hospitales, honorarios de enfermeras, estudios clínicos, así como para pagar rehabilitaciones médicas, prótesis, compra de lentes ópticos graduados para corregir errores visuales, así como las primas por seguros de gastos médicos.

El contribuyente también podrá deducir impuestos de actividades afines a donaciones a asociaciones civiles y servicios funerarios.

4.- Incluir información falsa. Es obvio que contar con información falsa o mentirle a la autoridad fiscal es un delito, el incurrir en alguno de estos puede ser realmente perjudicial para el contribuyente, muchos desconocen las graves afectaciones que tiene mentirle al SAT.

En De la Paz, Costemalle – DFK los expertos advierten que las reglas son claras: si se le miente al fisco con información que no es real, el SAT podrá multar con hasta 25,000 por presentar datos falsos. No sólo eso, sino que el fisco iniciará una investigación o auditoría directa de los bienes del imputado.

5.- Duplicidad de impuesto. En caso de que ser un empleado subordinado que recibe un salario mensual, es muy importante que se verifique que no exista una duplicidad en la nómina, y es que algunos patrones, por error, llegan a cometer lo que genera una doble acumulación de ingresos.

6. Es importante avisar al SAT si se tienen dos patrones. Para los profesionistas con dos patrones, es importante que presenten el correspondiente escrito para realizar el ajuste del ISR.

En De la Paz, Costemalle –DFK , te explican, paso a paso, cómo explicarle al sitio que tienen dos patrones:

Se debe ingresar a la página web del SAT/ una vez ahí, da clic en “Declaraciones”, y luego en “Presenta tu declaración anual de personas físicas”.

Se deben introducir los datos correspondientes.

Hacer clic en “presentar declaración”; ahí se deberá seleccionar el ejercicio fiscal que se va a declarar y el tipo de declaración. En caso de que se obtengan ingresos únicamente por sueldos y salarios, se debe indicar.

Es importante verificar que la información precargada sea la correcta, así como las deducciones personales.

Luego, en la pestaña “determinación” hay que verificar el resultado del ejercicio fiscal que estás presentando y si es correcta, dar clic en “Acepto propuesta”.

Según la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR), el SAT vigila gastos e ingresos de todos aquellos inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), por lo que puede auditar a personas físicas y morales:

  • Estados financieros.
  • Cuentas bancarias.
  • Depósitos.
  • Inversiones.

Las sanciones por obligación no declarada son:

  • Van desde los mil 400 hasta los 17 mil 370 pesos.
  • Por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir requerimientos pueden tener una multa por no presentar la Declaración Anual que va desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730 pesos.
  • Si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por Internet y no lo hace, lo realiza fuera de plazo o no cumple con los requerimientos, puede derivar en una multa que va desde los 14,230 a los 28,490 pesos.

Es muy importante contar con un experto aliado como De la Paz, Costemalle – DFK, para realizar la declaración anual de forma óptima en tiempo y forma y así evitar pagar al SAT por errores en la declaración.

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Dudas comunes sobre la declaración aual

Fuente Comunicae