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Multa de $800 mil a quienes despidan durante pandemias

Multa de $800 mil a quienes despidan durante pandemias

Ciudad de México, a 01 de julio 2020 (PERIODISMOENACCION.COM / NOTICIASCD.MX).- La Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social del Congreso de la Ciudad de México, se encargará de

  • Publishedjulio 1, 2020

Ciudad de México, a 01 de julio 2020 (PERIODISMOENACCION.COM / NOTICIASCD.MX).- La Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social del Congreso de la Ciudad de México, se encargará de analizar y emitir un dictamen sobre la iniciativa presentada por el legislador de Morena, Nazario Norberto Sánchez, que propone imposición de multas superiores a 800,000 pesos a aquellos empleadores que despidan a las personas en casos de pandemias, concretamente a los que se escudan en el outsourcing.

El proyecto de decreto al Congreso de la Unión,  contempla adicionar un segundo párrafo al Artículo 1004-C de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue: A quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Asimismo, se le impondrá una multa equivalente de 5000 a 10,000 veces la Unidad de medida y actualización a quien rescinda las relaciones laborales con sus trabajadores bajo el régimen de subcontratación de personal, cuando el País o la Entidad Federativa se declare en emergencia sanitaria por epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas; es decir, pagará de $43,400 a $868,800.

El también presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del órgano legislativo capitalino resaltó que el outsourcing se ha convertido en una argucia legal para evitar que las empresas paguen lo que deben por concepto de seguridad social y prestaciones a las personas.

En el documento se informa que de acuerdo con las últimas cifras disponibles en censos económicos del INEGI, revelan que entre 2004 y 2014 los trabajadores subcontratados pasaron de 1.4 a 3.6 millones y su representación pasó de 8.6% a 16.6% respecto al total de personas ocupadas. De mantener la misma tendencia de crecimiento de los últimos cinco años, se estima que para este 2020 se tendría registro de un total de 5 millones de trabajadores aproximadamente.

A nivel sectorial, las empresas dedicadas al comercio y a las industrias manufactureras concentran 59.4% de los trabajadores subcontratados. Particularmente en las industrias, la fabricación de equipo de transporte y alimentos son los sectores que concentran 42.1% del total de trabajadores por outsourcing, con tasas de crecimiento en promedio anual de 4% para la industria del equipo de transporte.

Entre otras estimaciones, se presume que 40% de las empresas intermediarias o que proveen de servicios de subcontratación pagan impuestos de acuerdo con la Ley, o incluso que 10% de los trabajadores bajo estos esquemas pagan los impuestos de acuerdo con su nivel salarial real, lo que en caso contrario ocurre con salarios inferiores de los realmente percibidos.

El outsourcing también conocido como subcontratación o tercerización de servicios, es un esquema de contratación utilizado por las empresas mexicanas hace varias décadas, pero que en los últimos años ha tenido un mayor auge debido a su incorporación en la Reforma Laboral de 2012; sin embargo, ha suscitado diversas controversias y favoreció que por la emergencia sanitaria del Covid19,123 empresas dieran de baja a cientos de trabajadores, alegando contratación temporal esta vía.

Finalmente, en la exposición de motivos se indicó que entre los beneficios del outsourcing para las empresas están realizar sus competencias clave, concentrar sus recursos en innovaciones y disminuir los costos de gestión, reclutamiento, administración, capacitación del personal para aumentar su rentabilidad.

Entre los riesgos de este método de contratación laboral están la falta de lealtad a la empresa por parte de los empleados, la elevada rotación del personal y, en casos en los que el marco normativo y el cuerpo institucional es débil, la evasión o elusión por parte de las empresas ante sus responsabilidades fiscales y en los derechos de los trabajadores.