Thu, Mar 28, 2024
Close
Policías están obligados a ingresar datos al RND

Policías están obligados a ingresar datos al RND

Los abogados Jonathan Perea Alvarado y Armando Reyes Sánchez afirmaron que el principal objetivo del Registro Nacional de Detenciones es la protección de los derechos humanos de las personas detenidas

  • Publishedabril 4, 2021

Los abogados Jonathan Perea Alvarado y Armando Reyes Sánchez afirmaron que los policías están obligados a ingresar los datos al Registro Nacional de Detenciones (RND) es cuando realizan una aprehensión.

El servidor público que por motivo de su cargo intervenga en la captura, ingreso, envío, recepción, manejo, consulta o actualización de la información que integra el Registro. Cuando la detención se lleve a cabo por parte de autoridades de apoyo a la seguridad pública, deberán dar aviso inmediato a la autoridad competente, para que ésta genere el registro correspondiente de la detención, así lo menciona el Artículo 19 de la Ley Nacional del Registro de Detenciones”, explicaron.

¿QUÉ PASA SI UN POLICÍA NO INGRESA LOS DATOS DEL DETENIDO?

El abogado Armando Reyes Sánchez explicó que los policías deberán realizar el registro de inmediato bajo su más estricta responsabilidad, por lo que son responsables en el ámbito de su competencia, de que ingresen la información correspondiente al Registro Nacional de Detenciones.

Cuando no es así, su violación se sancionará con la responsabilidad penal, civil o administrativa”, dijo.

Sin embargo, hay cuestiones por la que pueden causar un impedimento para generar el registro inmediato como son falta de medios electrónicos para hacerlo, encontrarse en algún lugar donde no haya señal o conectividad para hacer uso de los medios electrónicos.

Siendo así, la autoridad deberá informar inmediatamente por cualquier medio de comunicación por el que disponga a la unidad administrativa a la que corresponda y este adscrito o poner a disposición del Ministerio Público de manera inmediata al detenido y deberá reportar al Ministerio Público la falta del registro inicial, y señalar las causas por las que la primera parte del Registro no se realizó, de esa manera el que deberá continuar con el registro inmediato es el Ministerio Publico”, agregó.

¿QUÉ ES EL REGISTRO NACIONAL DE DETENCIONES?

El Registro Nacional de Detenciones es una base de datos que es actualizada constantemente en las que instituciones de seguridad pública brindan información sobre las detenciones de todo el territorio nacional, permitiendo reforzar la transparencia en la impartición y procuración de justicia.

Asimismo, nos permite localizar a las personas inmediatamente después de su detención, es decir, en tiempo real, por dos cuestiones, la primera por la probable comisión de un delito y la segunda por una infracción administrativa, comentó Jonathan Perea Alvarado.

Además el registro que realiza la autoridad, debe contener por lo menos, el nombre, edad, sexo, lugar, fecha y hora en la que se realizó la detención y sus motivos, los nombres de los auxiliares o instituciones policiales, la autoridad donde la persona detenida será puesta a disposición y si el detenido presenta algunas lesiones, esto es únicamente requisitos que deben integrar al momento de registrar la detención.

Sin embargo, cuando se ingrese a la plataforma como familiar o persona legitima únicamente mostrará el nombre de la persona detenida, la autoridad o institución que efectuó la detención, la autoridad que tiene a su disposición a la persona detenida, el domicilio del lugar donde se encuentra la persona detenida y el lugar, fecha y hora en que se haya practicado la detención, sin mencionar los motivos; a diferencia de cuando se trata de delincuencia organizada, únicamente la plataforma va a mostrar el nombre de la persona detenida, la fecha de la detención y si la persona aún se encuentra detenida.

Amen de lo anterior, es importante resaltar que este sistema de registro de detenciones no genera antecedentes penales toda vez que no se le ha determinado responsabilidad a la persona detenida”, señaló.

El principal objetivo del RND es la protección de los derechos humanos de las personas detenidas, que las autoridades no cometan abusos con detenciones arbitrarias e ilegales, además de combatir la tortura y la desaparición forzada a través del seguimiento de la ubicación de la persona, desde que es detenida hasta que se determina su situación jurídica.

Así como también dar certeza jurídica a los detenidos como los familiares y personas interesadas.

La Ley Nacional de Registro de Detenciones es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, por lo que podemos ver en el sistema una detención en tiempo real en cualquier parte del país. Lo que hay que aclarar son los delitos del fuero federal y el fuero común; el 23 de noviembre de 2019 se incluyeron las detenciones por delitos del fuero federal, el 1 de abril del año 2020, el Registro Nacional de Detenciones incluyó que fuera de manera obligatoria los delitos del fuero federal y en este año a partir del 1 de abril de este año se incluirán las detenciones por razón de infracciones administrativas”, detallaron.

Los litigantes destacaron que el RND es de gran utilidad para quienes ejercen la abogacía como defensores, toda vez que “podemos verificar los antecedentes y registros de la detención, para con ellos saber si son coincidentes con los plasmados por los aprehensores en sus entrevistas e informe policial homologado. Y de esa manera darnos cuenta si existió alguna violación a derechos humanos y si se cumplió a cabalidad con los requisitos para llevar a cabo una detención de forma legal”.

Recomendaron que después de verificar en el RND la detención e identificar a su familiar, las personas deben acudir al Ministerio Público donde se encuentra el detenido y seguir con el proceso legal.