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Tabe violó veda electoral

Tabe violó veda electoral

CDMX, 1º de junio 2022 (QUENOCALLETUCALLE.COM / PERIODISMONEWS.COM.MX).- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el alcalde de Miguel Hidalgo, Mauricio

  • Publishedjunio 1, 2022

CDMX, 1º de junio 2022 (QUENOCALLETUCALLE.COM / PERIODISMONEWS.COM.MX).- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el alcalde de Miguel Hidalgo, Mauricio Tabe Echartea, vulneró la prohibición de emitir propaganda gubernamental en el periodo de veda electoral previsto para el ejercicio de Revocación de Mandato, realizado el pasado 10 de abril.

Dicha determinación también es aplicable para la persona titular de la Jefatura de la Unidad Departamental de Contenidos Digitales de dicha alcaldía.

La sentencia a un recurso promovido por el Grupo Parlamentario de MORENA en el Congreso de la Ciudad de México, se comprueba, una vez más, que diversas personas titulares de demarcaciones territoriales de la Unión de Alcaldías de la Ciudad de México (UNA CDMX) violaron la veda electoral y no representantes de MORENA, como la oposición pretendió señalar en su momento.

Tabe Echartea violentó el Artículo 35, fracción IX, numeral 7 de la Constitución, el cual establece que, “en los procesos de Revocación de mandato de quien ostente la presidencia de la República, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación correspondiente, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno”.

Cabe señalar que con el Alcalde en Miguel Hidalgo, suman dos las personas titulares  de Alcaldías de la UNA con infracciones por incumplir la veda electoral.

En mayo pasado, la sala especializada del TEPJF determinó que el alcalde de Coyoacán, Giovanni Gutiérrez, realizó de manera ilegal promoción personalizada durante la veda electoral prevista para el pasado proceso de revocación de mandato.

Con esta sentencia, el TEPJF ordena que se dé visto al órgano interno de control de la Alcaldía Miguel Hidalgo y se ordena el registro tanto de Tabe como de la persona responsable de contenidos digitales  en el Catálogo de Sujetos Sancionados de la Sala Regional Especializada.